El Consejo Minero elaboró la denominada “Plataforma de Impuestos”, a través del cual es posible acceder a información tributaria de sus empresas socias, con el objetivo de aportar a la transparencia y fortalecer el acceso a la información de la industria.
En ese contexto, se destaca el rol que posee la Invariabilidad Tributaria, el que consiste en que el Estado, a través de contratos-ley suscritos con los inversionistas, se compromete a mantener una tasa impositiva  sin variaciones durante un perÃodo determinado, orientado a entregar certeza jurÃdica a las inversiones de capitales extranjeros.
Conforme a las leyes de royalty de 2005 y 2010, se extendió la invariabilidad a las empresas mineras a cambio de pagar mayores impuestos. Si bien este sistema subsiste, ello no impide que la gran mayorÃa de las empresas paguen tasas mayores de royalty minero o impuesto especÃfico, en un rango que va entre un 5% y un 14%, a medida que su margen operacional es mayor.
En la plataforma se detalla que faenas equivalentes al 70% de la producción de la minerÃa privada (que representan 2.9 millones de toneladas de cobre anual) tienen invariabilidad hasta 2023, con tablas de Impuestos EspecÃficos a la Actividad Minera de entre 5% y 14%.
“Esto significa que a mayor precio del cobre mayor es la tasa aplicable dentro de ese rango y por lo tanto, más impuestos se pagan. También es bueno aclarar que la minerÃa no tiene invariabilidad para los impuestos a la renta que son parte del régimen tributario general y, de hecho, ha aumentado su pago de impuestos con los cambios de los últimos añosâ€, señaló JoaquÃn Villarino, presidente ejecutivo del Consejo Minero.
Cabe destacar que este royalty es adicional al régimen general de impuestos sobre las utilidades, que pagan las empresas mineras y de otros sectores, los que no están afectos a cláusulas de invariabilidad.
Revisa la Tabla de Invariabilidad del Impuesto EspecÃfico o Royalty a la MinerÃa de las empresas socias del Consejo Minero