La Corte Suprema emitió un informe sobre el proyecto que propone modificar la Ley N°20.600, normativa que crea los Tribunales Ambientales de Chile, específicamente en lo relativo a la procedencia de los recursos de apelación y casación en determinadas materias.
El documento fue analizado por el pleno del máximo tribunal el pasado 27 de febrero y posteriormente remitido a la presidencia del Senado el martes 3 de marzo.
En el informe, el máximo tribunal plantea diversas observaciones respecto de la iniciativa legal, en particular sobre el impacto que podría tener en la estructura de la institucionalidad ambiental y en el funcionamiento del sistema judicial especializado en esta materia.
Sentencias
El documento destacó que la Corte Suprema mantiene su postura favorable respecto de permitir el recurso de casación en sentencias definitivas dictadas por tribunales ambientales en materias reguladas por leyes especiales. No obstante, expresa reparos frente a la posibilidad de ampliar este recurso a resoluciones que no tienen carácter definitivo ni ponen término al proceso judicial.
Según el informe, esta modificación implicaría ampliar la competencia de la Corte Suprema en materias de alta especialización técnica. En esa línea, el texto advirtió que “la modificación propuesta no concilia necesariamente con la idea de justicia especializada ni con la celeridad que suelen exigir estos asuntos y podría tornar en irrelevante toda la institucionalidad ambiental especializada que se ha creado”.
El pleno de ministros también plantea cuestionamientos sobre el rol que asumiría el máximo tribunal en este esquema. “Cuesta comprender por qué frente a un aparato burocrático robusto, compuesto por un Ministerio del Medio Ambiente, una Superintendencia del Medio Ambiente, un Servicio de Evaluación Ambiental, un Servicio de Biodiversidad de Áreas Protegidas y tres tribunales ambientales, sea, en último término, una sala de la Corte Suprema la que pueda ser llamada a conocer y resolver de todos los conflictos ambientales, especialmente de aquellos que no significan una decisión terminal por parte de la autoridad administrativa”, resaltó el documento.
Resoluciones
Asimismo, el informe advirtió una eventual inconsistencia normativa al permitir la casación de resoluciones que actualmente son consideradas inapelables. En ese sentido, la Corte Suprema recordó que la regla general para la procedencia de este recurso exige que la decisión impugnada haya sido revisada previamente por una Corte de Apelaciones y que ponga término al procedimiento o haga imposible su continuación, condiciones que no se cumplirían en los casos contemplados por la iniciativa.
“De ese modo se pudiera producir la particular situación de hacer revisables a través de la casación decisiones que la misma legislación considera inapelables, consagrándose así una suerte de impugnación per saltum”, reparó el informe.
Asimismo, el máximo tribunal manifestó que el proyecto parece asociar la garantía del debido proceso con la posibilidad de recurrir ante la Corte Suprema, algo que, a juicio de la institución, “no parece verificarse en este caso”.
El informe fue remitido al Senado en el marco del proceso legislativo que analiza la modificación a la ley que regula el funcionamiento de los tribunales ambientales en Chile.
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