(El Mercurio de Calama) El informe final de la ContralorÃa Regional de Antofagasta sobre el Servicio Nacional de GeologÃa y MinerÃa de la región del periodo 2016-2017, detectó múltiples deficiencias en el Servicio, como falta de fiscalizaciones, conflictos de interés, medidas correctivas ordenadas y sin cumplir, además de atrasos en aplicar sanciones y cobro de multas, entre otras faltas, que dieron pie a un sumario ordenado por el contralor regional Marcelo Córdoba, para determinar responsables.
Explotación mayor
En el numeral 11, sobre falta de control sobre la producción de empresas mineras, el informe explica que el artÃculo 22 del Reglamento de Seguridad Minera, señala que previo al inicio de sus operaciones, la minera presentará al servicio, para su aprobación, el método de explotación o cualquier modificación mayor al método aceptado, con el cual originalmente se haya proyectado la explotación de la mina y el tratamiento de sus minerales.
Al respecto el coordinador de Seguridad Minera del servicio remitió información de 39 faenas, de tamaño grande y mediano de cuya revisión se detectó que para el periodo 2017, hubo siete empresas mineras que extrajeron más mineral del autorizado por el servicio, en las resoluciones que aprueban los proyectos.
Entre las mineras que figuran con explotaciones mayores a las autorizadas están, entre otras, Ministro Hales, Chuquicamata, Radomiro Tomic, Spence y Lomas Bayas.
Sobre este punto, ContralorÃa informó, que no se advirtieron acciones de Sernageomin para verificar este aspecto y determinar si la mayor explotación detectada modifica las condiciones y exigencias de seguridad que deben cumplirse por el personal de las respectivas faenas. Mientras que en su contestación señalaron que, a raÃz de una nueva revisión de los antecedentes aportados, se corrigió la información entregada.
Vida útil
En el Ãtem 12 de la auditoria, sobre la vida útil de las empresas mineras, se detalla que se constató que en cuatro casos las faenas se encontraban operando por sobre el plazo aprobado por Sernageomin, en la resolución que autorizó el proyecto de explotación, entre ellas Radomiro Tomic, cuyo vencimiento se consigna en 2017.
Asimismo, respecto de tres de ellas, no fue posible determinar si la vida útil aprobada estaba vigente, debido a que no se proporcionaron las respectivas resoluciones. Entre éstas figura SQM Salar, que opera en el salar de Atacama.
El informe destaca, en este punto, que estas situaciones no se ajustan a lo aprobado en las resoluciones que autorizan los proyectos de explotación, transgrediendo la producción y/o la vida útil establecida para aquellas faenas, lo que no se aviene con lo preceptuado en el citado artÃculo 22, del referido Reglamento de Seguridad Minera.
En su contestación, en tanto, el servicio explica que, para identificar y controlar la vida útil de los proyectos de explotación, se realizó una revisión de las resoluciones exentas que aprueban el método de explotación y el plan de cierre de proyectos mineros mayores a 5.000 tpm, y en los casos en que no era posible identificar en la resolución exenta la producción autorizada y la vida útil del proyecto, citaron a las empresas para que estas detallaran el plan de producción actual.
Finalmente Sernageomin indica que, posterior a su análisis, se verificó que las faenas señaladas en la observación no se encuentran operando por sobre el plazo aprobado. Sin embargo, nuevamente la entidad no proporcionó los antecedentes que permitan acreditar lo señalado, por lo cual se debe mantener, por ahora, la observación, detalla el estudio de ContralorÃa.
Sobre el plazo
En el anexo N°4, la auditorÃa profundiza en los dÃas hábiles de demora en la emisión de la solicitud de aplicación de multas, es decir, los dÃas hábiles por sobre lo establecido, los que van desde 1 a 142 dÃas. En este numeral figuran mineras como El Abra (53 dÃas); Rockwood Litio (hoy Albemarle), con (75); Chuquicamata, con (85), entre otras 21 empresas mandantes y contratistas.
En el anexo N°5, sobre los dÃas hábiles de demora para la emisión de la resolución que aplica la sanción, los dÃas sobre el plazo van desde 3 a 268 dÃas.
En el anexo N°6, respecto de la diferencia entre fecha de sanción y fecha en la cual se comunica al portal de pagos de la TesorerÃa General de la República, en los que figuran, incluso, accidentes fatales, los dÃas de demora van desde 15 a 175.
El anexo N°7, sobre los dÃas de demora en el proceso de cada sanción por parte de Sernageomin, es decir, duración del proceso en dÃas, estos van desde 121 hasta 572 dÃas, con un promedio de 279,28 dÃas.