Por no existir posibilidad de afectación, el Primer Tribunal Ambiental rechazó la reclamación de comunidad indÃgena Wara, que pretendÃa revertir calificación ambiental favorable de la modificación del proyecto minero Delirio, ubicado en la Región de Atacama.
El ministro redactor, Mauricio Oviedo, explicó que para concluir la no afectación se consideraron los datos territoriales de ocupación ancestral que fueron aportados por los propios reclamantes y se evidenció que los lugares indicados se encuentran alejados de la zona de influencia del proyecto. “No se visualiza de qué manera la faena minera pudiese podrÃa generar algún grado de afectación a la actividad trashumante de la comunidadâ€, indicó.
Además, dijo que “para que se pueda configurar el interés legÃtimo que habilita a todo ciudadano a intervenir en un procedimiento ante los organismos públicos, en este caso el SEA, es necesaria la existencia de un sustento y antecedentes que hagan posible establecer una relación directa de afectaciónâ€.
No obstante, la no afectación de la comunidad, en el fallo se aclara que es improcedente desestimar la legitimidad activa de la comunidad, es decir, su derecho a reclamar por falta de personalidad jurÃdica y que tampoco es posible exigir una exacta coincidencia territorial de un grupo humano perteneciente a un pueblo indÃgena a través de un domicilio.
Voto preventivo
La sentencia contó con el voto preventivo de la ministra Sandra Ãlvarez, quien discrepó del plazo que la comunidad indÃgena tenÃa para reclamar, ya que a su juicio era de dos años y no 30 dÃas, como se establece en el fallo.