El Servicio Nacional de GeologÃa y MinerÃa (Sernageomin) llamó a los pirquineros y pequeños mineros del paÃs para que aprovechen el beneficio de la Ley 19.719 sobre Patente Minera Especial, vigente desde el año 2001, mediante la cual se puede acceder a una patente especial para amparar los derechos asociados a las pertenencias mineras de exploración y explotación a un costo económico menor.
Según informó la institución, hay 3.344 potenciales beneficiarios que deben consultar el detalle de los requisitos a través de la página web www.sernageomin.cl o en las oficinas regionales de esta institución fiscalizadora.
El Sernageomin informó que “en el actual contexto económico, importa que tanto los pequeños mineros y también los mineros artesanales conozcan esta ley, para que soliciten a la brevedad, este beneficio, o bien para renovarlo. Si no alcanzaron dentro del plazo, de todas maneras existe flexibilidad para postularâ€. La autoridad agregó que “sin duda es un beneficio que significa un aporte muy relevante para amortiguar al bolsillo en momentos de dificultad, sea por el panorama económico internacional, o por los costos asociados a la normalización de las operacionesâ€.
El director nacional del Sernageomin, Rodrigo Ãlvarez, comentó que “a través de nuestro Departamento de Propiedad Minera, que genera el registro de los concesionarios de exploración y explotación en Chile, hemos dado instrucciones a cada dirección regional del servicio, para responder a la brevedad todas las consultas sobre este tema. Lo importante es acercarse al Sernageomin para averiguar el detalle de los requisitosâ€.
Cabe señalar que el régimen general del Código de MinerÃa estipula que “la concesión minera debe ser amparada mediante el pago de una patente anual, equivalente a un décimo de unidad tributaria mensual (UTM) por cada hectárea completa, si es de explotación†(artÃculo 142). Sin embargo, los pirquineros y pequeños mineros que cumplan los requisitos, pueden pagar un diezmilésimo de ese costo. O sea, en vez de pagar 4.955 pesos por cada hectárea (UTM de diciembre de 2015 a 44.944 pesos); sólo deben cancelar 4.9 pesos por hectárea.
La mencionada ley y su reglamento especifican los requisitos para acceder a este beneficiario, entre los cuales se destaca el ser persona natural, sociedad legal minera (SLM) o cooperativa de pequeños mineros y mineros artesanales, cuyas pertenencias mineras registren una superficie máxima de 100 hectáreas, y explotarlas hasta con 12 dependientes. En el caso de los mineros artesanales o también llamados pirquineros, se requiere ser dueño de pertenencias mineras con una superficie máxima de 50 hectáreas, y explotarlas hasta con un máximo de 6 trabajadores dependientes. Las SLM y cooperativas deben contar con un máximo 12 dependientes y cada socio o cooperando debe trabajar personalmente en la explotación. La ley también alcanza a los arrendatarios de pertenencias mineras.