(La Segunda) La Corte de Apelaciones de Santiago falló en contra de Codelco la semana pasada, haciendo valer el dictamen de la Dirección del Trabajo que estableció el porcentaje de la planta de trabajadores de Chuquicamata que prestarÃa servicios mÃnimos en caso de huelga.
Originalmente, la corporación estatal pidió una planta disponible para servicios mÃnimos equivalente al 12% del personal, mientras que los trabajadores proponÃan un 0%. La Dirección del Trabajo (DT) zanjó la disputa fijando un 5,4%.
Ese dictamen fue impugnado por Codelco ante los tribunales del trabajo, que se declararon incompetentes, por lo que la compañÃa apeló ante la corte para que se pronunciara sobre esa incompetencia, que la Corte de Apelaciones confirmó.
“La empresa acatará los dictámenes judiciales, sin perjuicio de lo cual se encuentra estudiando la interposición de los recursos legales que sean procedentes en contra de la resolución dictada por la corteâ€, dijeron desde Codelco. “Hay que considerar que a empresas de la misma envergadura, se les otorgó cerca del 8% de los servicios mÃnimosâ€, agregaron.