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	<title>Bjorn Flatgard archivos - Empleos Minería</title>
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	<description>Vamos a trabajar el nuevo diseño</description>
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	<title>Bjorn Flatgard archivos - Empleos Minería</title>
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		<title>Tribunal Ambiental viaja hasta Cerro Colorado para verificar cumplimiento de medida cautela</title>
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		<pubDate>Thu, 15 Sep 2022 13:28:51 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Bjorn Flatgard]]></category>
		<category><![CDATA[consejero regional Claudio Oyarzún]]></category>
		<category><![CDATA[Dambisa Moyo]]></category>
		<category><![CDATA[SMU]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Objetivo de la visita fue recopilar mayores antecedentes luego de los hallazgos constatados por la DGA, en el marco de la fiscalizaciÃ³n que realizÃ³ el organismo para verificar si la extracciÃ³n de agua que estaba efectuando la empresa se ajusta o no a lo decretado por el tribunal.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Una visita inspectiva al Sistema Lacustre de Lagunilla</strong>s -lugar desde donde la CompaÃ±Ã­a Minera Cerro Colorado obtiene agua para su proceso productivo- realizÃ³ el <strong>Primer Tribunal Ambiental</strong> en el marco de la <strong>revisiÃ³n de la medida cautelar decretada</strong> <strong>en la demanda por daÃ±o ambiental interpuesta en contra del proyecto de continuidad operacional de CompaÃ±Ã­a Minera Cerro Colorado,</strong> ubicada en Pozo Almonte.</p>
<p>El objetivo fue recopilar mayores antecedentes luego de los hallazgos constatados por la <strong>DirecciÃ³n General de Aguas</strong> (DGA), en el marco de la fiscalizaciÃ³n que realizÃ³ el organismo para <strong>verificar si la extracciÃ³n de agua que estaba efectuando la empresa se ajusta o no a lo decretado por el tribunal</strong> y porque la empresa asegurÃ³ que â€œha actuado conforme a lo exigidoâ€.</p>
<p>El Primer Tribunal Ambiental llegÃ³ el pasado viernes 9 de septiembre hasta el sector Lagunillas, donde la ministra presidenta, Sandra Ãlvarez, y el ministro Mauricio Oviedo acompaÃ±ados de un equipo jurÃ­dico y tÃ©cnico del tribunal, <strong>recorrieron el sector para la revisiÃ³n de los pozos P1, P3 y P-R (Pozo Respaldo Sector Lagunillas) que estÃ¡n en funcionamiento y la constataciÃ³n del no funcionamiento de los pozos P2 y P4.</strong></p>
<p>La visita ademÃ¡s tuvo por objeto <strong>examinar, recabar y comprobar la instalaciÃ³n, infraestructura y funcionamiento del sistema de monitoreo y reportabilidad en lÃ­nea</strong> de las extracciones efectuadas que la empresa realiza a una plataforma de la DGA. Los ministros efectuaron un recorrido al bofedal Lagunillas para la revisiÃ³n del Sistema de Riego Artificial (SRA) que permite la existencia del mismo y que forma parte de la medida cautelar.</p>
<p>En la ocasiÃ³n, se hizo presente la <strong>Comunidad IndÃ­gena Aymara de Cancosa, q</strong>uienes habitan en la zona de influencia del proyecto.</p>
<p>Producto de esta diligencia, el Ã³rgano colegiado determinÃ³ oficiar al <strong>Servicio AerofotogramÃ©trico (SAF) de la Fuerza AÃ©rea de Chile</strong>, con el objeto de verificar imagen acompaÃ±ada por la compaÃ±Ã­a al expediente del bofedal, ademÃ¡s de <strong>solicitar imÃ¡genes digitales</strong> como tambiÃ©n un anÃ¡lisis espacio-temporal del sector desde 1990 a 2001.</p>
<h3>Informe DGA</h3>
<p>El informe entregado por la DirecciÃ³n General de Aguas, estableciÃ³ que â€œ<strong>la empresa minera realizÃ³ reportes en lÃ­nea solo hasta el 3 de junio de 2022 y que existen algunos perÃ­odos en que la sumatoria de caudales superan los 54 y 69 litros por segundo, respectivamente</strong>â€.</p>
<p>Frente a ello, la CompaÃ±Ã­a Minera Cerro Colorado asegurÃ³ que lo reportado por la DGA<strong> se funda en una interpretaciÃ³n â€œque, sin base alguna, razona erradamente que se tratarÃ­a de caudales horarios en circunstancias que el rÃ©gimen de extracciones de aguas desde Lagunillas siempre se ha evaluado, efectuado conforme a promedios mensuales</strong>â€.</p>
<h3>Medida cautelar</h3>
<p>La medida cautelar, decretada el 14 de febrero de este aÃ±o,<strong> restringiÃ³ la extracciÃ³n de aguas subterrÃ¡neas desde el sector Lagunillas y estableciÃ³ dos perÃ­odos de reducciÃ³n de caudal</strong>.</p>
<p>El primero con una duraciÃ³n de 90 dÃ­as, el que restringiÃ³ el caudal a 54 litros por segundo para operaciÃ³n y 25 litros por segundo para el Sistema de Riego Artificial.</p>
<p>El segundo perÃ­odo restringe el caudal a 69 litros por segundo para la operaciÃ³n y mÃ¡s de 25 para el riego del humedal, por 180 dÃ­as.</p>
<h3>Demanda</h3>
<p>La demanda por daÃ±o ambiental fue presentada por Luis Jara AlarcÃ³n, quien<strong> asegura que el daÃ±o ambiental es una consecuencia del actuar â€œilegal y culpableâ€ de la compaÃ±Ã­a por la ausencia de una autorizaciÃ³n ambiental para extraer aguas del acuÃ­fero,</strong> luego que se le anulara a la empresa la ResoluciÃ³n de CalificaciÃ³n Ambiental (RCA).</p>
<p>Hoy<strong> la demanda en su cuaderno principal se encuentra suspendida por segunda vez a solicitud y de comÃºn acuerdo por las partes hasta el 30 de septiembre,</strong> mientras el proceso de la medida cautelar continua, por lo que se debe esperar la determinaciÃ³n del tribunal luego de analizar los antecedentes obtenidos en terreno en particular respecto de los niveles de extracciÃ³n de los pozos ya referidos y la operatividad del sistema de monitoreo en lÃ­nea, su reportabilidad a la DGA, los informes de fiscalizaciÃ³n de este mismo ente administrativo y datos que pudiere aportar el SAF.</p>
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		<title>DGA: Nombran nuevo director y prioridad es asegurar el derecho al consumo humano al agua</title>
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		<dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 02 Aug 2022 14:58:10 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Negocios e Industria]]></category>
		<category><![CDATA[Bjorn Flatgard]]></category>
		<category><![CDATA[Comunidad Indígena Rayen Mapu]]></category>
		<category><![CDATA[desembarque de anchoveta]]></category>
		<category><![CDATA[Homero Chiguay]]></category>
		<category><![CDATA[Informe del 18 de junio]]></category>
		<category><![CDATA[Instituciones Santo Tomás]]></category>
		<category><![CDATA[María Elizabeth Quirilao]]></category>
		<category><![CDATA[Ricardo Galleguillos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Ministro de Obras PÃºblicas asegurÃ³ que esta primacÃ­a "estÃ¡ consagrada en el nuevo CÃ³digo de Aguas y que su implementaciÃ³n es urgenteâ€.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.empleosmineria.cl/dga-nombran-nuevo-director-y-prioridad-es-asegurar-el-derecho-al-consumo-humano-al-agua/">DGA: Nombran nuevo director y prioridad es asegurar el derecho al consumo humano al agua</a> se publicó primero en <a href="https://www.empleosmineria.cl">Empleos Minería</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El ministro de Obras PÃºblicas, <strong>Juan Carlos GarcÃ­a</strong>, anunciÃ³ que el ingeniero civil en Industrias Forestales, <strong>Rodrigo Sanhueza</strong>, <strong>asumirÃ¡ como director nacional de la DirecciÃ³n General de Aguas (DGA).</strong> En la oportunidad, informaron que <strong>asegurar el derecho humano al agua estarÃ¡ â€œdentro de las prioridades del nuevo director&#8221;.Â </strong></p>
<p>Desde el sitio web de la DGA seÃ±alaron que Sanhueza asume en un contexto de crisis hÃ­drica severa, por lo que, para responder a las prioridades del Gobierno, este organismo tiene un rol fundamental para el paÃ­s.</p>
<p>El ministro GarcÃ­a agregÃ³ que esta prioridad &#8220;estÃ¡ consagrada en el nuevo <strong>CÃ³digo de Aguas</strong> y que su implementaciÃ³n no solo requerirÃ¡ un esfuerzo, sino tambiÃ©n urgenciaâ€.</p>
<p>En este sentido, la autoridad destacÃ³ que un segundo gran desafÃ­o para el nuevo director serÃ¡ â€œseguir trabajando en coordinaciÃ³n con los otros ministerios para que podamos implementar una polÃ­tica hÃ­drica nacional, donde los consejos de cuencas y el apoyo que puede ser la DGA, tienen un rol crÃ­tico para regionalizar la gestiÃ³n del agua, algo que hoy estÃ¡ ausente de nuestras polÃ­ticas pÃºblicasâ€.</p>
<h3>Rodrigo Sanhueza</h3>
<p>El organismo asegurÃ³ que desde 2004 Rodrigo Sanhueza se ha desempeÃ±ado en la DGA ocupando diversos cargos en las regiones del BiobÃ­o y OÂ´Higgins, donde ejerciÃ³ como director regional de Aguas entre el 2014 y 2018. Al momento de su nombramiento, ejercÃ­a como agente nacional de expedientes del Departamento de AdministraciÃ³n de Recursos HÃ­dricos de la DGA.</p>
<h3>Los pasos que vienen en la DGA</h3>
<p>Sanhueza, que fue elegido por el sistema de Alta DirecciÃ³n PÃºblica, explicÃ³ que tiene varios desafÃ­os para cumplir con la ruta trazada por el ministro.</p>
<p>En este sentido, destacÃ³ que <strong>el nuevo CÃ³digo de Aguas empuja a la DGA a conversar con otros ministerios como el de Medioambiente y Agricultura</strong>, no solo para coordinar las tareas afines, sino tambiÃ©n coordinarse con aquellas carteras que ejecutan obras, indicaron desde la DGA.</p>
<p>Asimismo, el organismo seÃ±alÃ³ que esa coordinaciÃ³n tambiÃ©n se requiere con otras direcciones del Ministerio de Obras PÃºblicas, como la DirecciÃ³n de Obras HidrÃ¡ulicas, que es la unidad encargada de los temas de saneamiento de agua rural y abastecimiento de agua potable. <strong>â€œEl nuevo CÃ³digo de Aguas abre una oportunidad muy importante para que los servicios de saneamiento rural tambiÃ©n presenten sus requerimientos. Esto tiene que ser un trabajo colaborativo, tanto con la gente de la DOH como con las personas que estÃ¡n en el territorio y acÃ¡ las regiones adquieren un rol fundamentalâ€</strong>, explicÃ³ el nuevo director.</p>
<p>Sanhueza indicÃ³ ademÃ¡s que otro de los grandes desafÃ­os serÃ¡ la correcta ejecuciÃ³n del presupuesto. â€œHistÃ³ricamente la DGA ha tenido un presupuesto bastante acotado, pero este aÃ±o son 38 mil millones que tenemos el desafÃ­o de poder ejecutar. A travÃ©s de nuestras direcciones regionales y a nivel central, estamos trabajando para poder seguir avanzando en presupuestos mayoresâ€.</p>
<p>Esto, -dijo Sanhueza- es fundamental, ya que el CÃ³digo de Aguas impone tareas a la DGA que no se podrÃ¡n cumplir si no se cuenta con los recursos para este objetivo. â€œTenemos que ejecutar lo que hoy se nos entregÃ³ y seguir creciendo. Esa es la Ãºnica forma que las letras del CÃ³digo de Aguas se hagan realidad en los territoriosâ€.</p>
<p>Por otra parte, -segÃºn plantearon desde la DGA- internamente los procesos administrativos tienen una duraciÃ³n mayor a lo que se esperarÃ­a, por lo que estamos estudiando la forma en que podemos acotar esos tiempos. Esto significa incorporar tecnologÃ­a en materia de fiscalizaciÃ³n e hidrologÃ­a, lo que nos permitirÃ¡ contar con mÃ¡s informaciÃ³n para la toma de decisiones, pero tambiÃ©n conocer el estado real de las cuencas en tÃ©rminos de la disponibilidad de agua.</p>
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		<title>Relaves menores a 100 millones de toneladas podrÃ¡n ser inscritos hasta el 28 de julio</title>
		<link>https://www.empleosmineria.cl/relaves-menores-a-100-millones-de-toneladas-podran-ser-inscritos-hasta-el-28-de-julio/</link>
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		<pubDate>Wed, 13 Jul 2022 21:02:51 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Proveedores]]></category>
		<category><![CDATA[Bjorn Flatgard]]></category>
		<category><![CDATA[IGS]]></category>
		<category><![CDATA[Naval Consultores]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Aplica a todos aquellos depÃ³sitos que cumplan la condiciÃ³n de haber iniciado su depositaciÃ³n y no haber comenzado la ejecuciÃ³n de su plan de cierre y que, a la vez, cuenten con al menos con una RCA favorable.</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Alcanzar una minerÃ­a cada vez mÃ¡s verde y sostenible</strong> es el objetivo nacional que, junto a otros proyectos, como la carbono neutralidad, han tomado protagonismo en el panorama industrial chileno.</p>
<p>Es asÃ­ como diversos organismos, entre ellos el <a href="https://www.mch.cl/?s=Sernageomin"><strong>Servicio Nacional de GeologÃ­a y MinerÃ­a (Sernageomin)</strong></a>, la <strong>Superintendencia de Medio Ambiente (SMA)</strong> y la <strong>DirecciÃ³n General de Aguas (DGA)</strong>, han desarrollado mÃºltiples iniciativas en materia de fiscalizaciÃ³n para asegurar un correcto manejo y tratamiento de residuos asociados a la minerÃ­a, teniendo un Ãºltimo avance en enero de este aÃ±o con la nueva <strong>â€œInstrucciÃ³n general para la vigilancia ambiental del componente agua en relaciÃ³n a depÃ³sitos de relavesâ€</strong>, la cual establece que, <strong>hasta este 28 de julio,</strong> <strong>las empresas mineras que no hayan comenzado con su plan de cierre de relaves menores a 100 millones de toneladas, deberÃ¡n inscribirlos</strong>; mismo proceso que se aplicÃ³ en abril de este aÃ±o para los relaves de mayor tamaÃ±o (mÃ¡s de 100 millones de toneladas).</p>
<p>Esta normativa busca <strong>establecer un estÃ¡ndar de monitoreo comÃºn a nivel nacional con Ã©nfasis en el componente â€œaguaâ€</strong>, para vigilar la estabilidad fÃ­sica y quÃ­mica de las instalaciones con el uso de las Ãºltimas tecnologÃ­as informÃ¡ticas disponibles, y <strong>aplica a todos aquellos depÃ³sitos que cumplan la condiciÃ³n de haber iniciado su depositaciÃ³n y no haber comenzado la ejecuciÃ³n de su plan de cierre</strong> y que, a la vez, cuenten con al menos con una ResoluciÃ³n de CalificaciÃ³n Ambiental (RCA) favorable.</p>
<p>Luego del registro de relaves dentro del plazo antes mencionado (28 de julio), <strong>las empresas deberÃ¡n iniciar el reporte electrÃ³nico (para datos discretos) y finalmente la conexiÃ³n en lÃ­nea (para datos continuos),</strong> segÃºn corresponda.</p>
<p>Esto con el fin de que, una vez finalizado el proceso y<strong> para comenzar con el correcto plan de cierre, puedan acudir a las entidades tÃ©cnicas fiscalizadoras ambientales (ETFA) definidas por la SMA</strong>, que son las que llevarÃ¡n los registros y muestreos de los parÃ¡metros discretos de calidad de agua (PDCA) para, seguidamente, <strong>contactar a empresas especializadas que puedan ayudarles</strong> en caso que, durante el proceso de fiscalizaciÃ³n, se encuentren desviaciones en los parÃ¡metros que deban ser solucionadas en algÃºn sector especÃ­fico o lugares en donde haya escurrido el agua contaminada y haya causado daÃ±os a las superficies, como es el caso de <strong>Hidronor.</strong></p>
<p>Esta compaÃ±Ã­a, que se ha convertido en un socio estratÃ©gico de sus clientes mineros para <strong>gestionar labores de recuperaciÃ³n y revalorizaciÃ³n de los suelos contaminados,</strong> cuenta con la capacidad de brindar una serie de mecanismos para <strong>orientar, sugerir e implementar remediaciones de sitios contaminados para su futuro uso industrial o habitacional</strong>.</p>
<p>â€œ<strong>Para llevar a cabo una correcta remediaciÃ³n de los terrenos que se vean contaminados por derrames superficiales o subterrÃ¡neos de los relaves mineros, producto de la inestabilidad quÃ­mica del agua contenida en los mismos, realizamos un levantamiento del lugar</strong>, tomando muestras y analizando las concentraciones como, por ejemplo, las de metales pesados, Â para asÃ­ proponer la mejor alternativa de confinamiento o saneamiento posible, y desarrollar un plan de acciÃ³n para el tratamiento in situ si es solicitadoâ€, destaca <strong>Denisse TriviÃ±os</strong>, subgerente comercial de Hidronor.</p>
<p>Con empresas especialistas de este tipo, y cumpliendo los plazos establecidos por la SMA, <strong>las compaÃ±Ã­as mineras tienen el panorama claro para comenzar a desarrollar las buenas prÃ¡cticas exigidas.</strong></p>
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		<title>SMA inicia proceso de sanciÃ³n contra minera Lomas Bayas</title>
		<link>https://www.empleosmineria.cl/sma-inicia-proceso-de-sancion-contra-minera-lomas-bayas/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 26 Apr 2022 18:02:59 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Negocios e Industria]]></category>
		<category><![CDATA[Bjorn Flatgard]]></category>
		<category><![CDATA[DOP]]></category>
		<category><![CDATA[WirtgenGroup]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Superintendencia del Medio Ambiente formulÃ³ un cargo gravÃ­simo y uno leve, tras realizar una investigaciÃ³n asociada a una denuncia.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.empleosmineria.cl/sma-inicia-proceso-de-sancion-contra-minera-lomas-bayas/">SMA inicia proceso de sanciÃ³n contra minera Lomas Bayas</a> se publicó primero en <a href="https://www.empleosmineria.cl">Empleos Minería</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La <strong>Superintendencia del Medio Ambiente</strong> (SMA) iniciÃ³ una investigaciÃ³n contra <strong>Minera Lomas Bayas,</strong> productora de cobre ubicada en la RegiÃ³n de Antofagasta, tras recibir una denuncia, derivada por la <strong>DirecciÃ³n General de Aguas</strong> (DGA) de Antofagasta, respecto a la disminuciÃ³n de ejemplares de la â€œranita del Loaâ€, <em>Telmatobius donkoi</em>, especie en Peligro CrÃ­tico de acuerdo a la UniÃ³n Internacional para la ConservaciÃ³n de la Naturaleza (UICN).</p>
<p>â€œTras analizar la denuncia se articulÃ³ una estrategia para monitorear unidades fiscalizables cercanas. Recabamos asÃ­ informaciÃ³n en terreno y de datos del seguimiento ambiental, en este caso de Minera Lomas Bayas cuyo sistema de agua subterrÃ¡nea se encuentra a 3 kilÃ³metros de la zona denunciada. Con esto, y revisados los antecedentes en el marco de sus permisos ambientales, la SMA ha formulado dos cargos en contra de la minera, asociados a monitoreo de aguas y el seguimiento de flora y fauna.Â <strong>En el caso del sector minero, cumplir con sus compromisos ambientales en materia de agua, es crucial y forma parte de nuestros focos en la estrategia de fiscalizaciÃ³n que tenemos para ese sector en el contexto actual de crisis hÃ­drica</strong>â€, comenta el s<strong>uperintendente del Medio Ambiente (S), Emanuel Ibarra.</strong></p>
<h3 class="fusion-responsive-typography-calculated" data-fontsize="18" data-lineheight="27px">Antecedentes del caso</h3>
<p>Respecto a la denuncia recibida, la DGA realizÃ³ una inspecciÃ³n al sector â€œVertiente La Cascadaâ€, ubicada en Calama, constatando la ejecuciÃ³n de una zanja cuyas dimensiones eran de 3 metros de profundidad y 1 metro de ancho, la cual se extendÃ­a desde el nacimiento de la vertiente hasta el punto de aforo, el cual se encontraba con caudal nulo. Respecto a la disminuciÃ³n en el nÃºmero de ejemplares de la ranita del Loa, la entidad sostiene que esto podrÃ­a asociarse, entre otras causas, a la disminuciÃ³n del caudal en la Vertiente La Cascada y/o la ejecuciÃ³n de la zanja detectada en la inspecciÃ³n.</p>
<p>â€œCon esta informaciÃ³n,Â <strong>la Oficina Regional de la SMA verificÃ³ quÃ© Unidades Fiscalizables se encontraban en el sector denunciado, y en este caso, se advirtiÃ³ que la red de monitoreo del recurso hÃ­drico de minera Lomas Bayas se emplaza a unos 3 kilÃ³metros de la Vertiente La Cascada y se procediÃ³ a fiscalizar esta instalaciÃ³n y a revisar sus informes de seguimiento ambientalâ€</strong>, explicaÂ <strong>Sandra Cortez, jefa Regional de Antofagasta.</strong></p>
<p>Tras analizar la informaciÃ³n recabada en terreno y comparando informes de seguimiento ambiental,<strong> la SMA ha procedido a formular dos cargos contra la minera.</strong> El primero, clasificado preliminarmente comoÂ <strong>gravÃ­simo</strong>, se relaciona con n<strong>o haber efectuado el monitoreo de los niveles del acuÃ­fero inferior, en los tÃ©rminos exigidos en su permiso ambiental,</strong>Â considerando que no existen registros del pozo de observaciÃ³n CMG-2, y la informaciÃ³n reportada respecto a los niveles freÃ¡ticos no se encuentra ploteada mensualmente en grÃ¡ficos de profundidad versus tiempo; las mediciones de temperatura, pH y conductividad del agua no se encuentran ploteadas en funciÃ³n del tiempo.</p>
<p>El segundo cargo, clasificado comoÂ <strong>leve</strong>, consiste enÂ <strong>no haber definido, previa visita a terreno con participaciÃ³n de los servicios competentes, el perfil hidrolÃ³gico y biÃ³tico del rÃ­o y, en funciÃ³n de ello, concordar las estaciones de monitoreo definitivas</strong>.</p>
<p>Cabe destacar que la Ley OrgÃ¡nica de la SMA, establece que<strong> las infracciones gravÃ­simas podrÃ¡n ser objeto de revocaciÃ³n de la RCA, clausura o multa de hasta 10.000 Unidades Tributarias Anuales (</strong>UTA). En tanto, <strong>las infracciones leves podrÃ¡n ser objeto de amonestaciÃ³n por escrito o multa de hasta 1.000 UTA</strong>.</p>
<p><strong>El titular tendrÃ¡ un plazo de 10 dÃ­as hÃ¡biles para presentar un Programa de Cumplimiento (PDC) y de 15 dÃ­as hÃ¡biles para formular sus Descargos,</strong> ambos plazos contados desde la notificaciÃ³n del inicio del proceso sancionatorio.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.empleosmineria.cl/sma-inicia-proceso-de-sancion-contra-minera-lomas-bayas/">SMA inicia proceso de sanciÃ³n contra minera Lomas Bayas</a> se publicó primero en <a href="https://www.empleosmineria.cl">Empleos Minería</a>.</p>
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		<title>Primer Tribunal Ambiental decreta visita inspectiva a Cerro Colorado</title>
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		<pubDate>Fri, 21 Jan 2022 14:37:06 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Negocios e Industria]]></category>
		<category><![CDATA[Bjorn Flatgard]]></category>
		<category><![CDATA[Dambisa Moyo]]></category>
		<category><![CDATA[mercado español]]></category>
		<category><![CDATA[sumario ambiental]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La diligencia judicial se efectuarÃ¡ este lunes 31 de enero y estarÃ¡ a cargo de la ministra presidenta del Primer Tribunal Ambiental, Sandra Ãlvarez Torres.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.empleosmineria.cl/primer-tribunal-ambiental-decreta-visita-inspectiva-a-cerro-colorado/">Primer Tribunal Ambiental decreta visita inspectiva a Cerro Colorado</a> se publicó primero en <a href="https://www.empleosmineria.cl">Empleos Minería</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>En el marco de la <strong>solicitud de alzamiento de la medida cautelar</strong> determinada por el <strong>Primer Tribunal Ambiental,</strong> que <strong>prohÃ­be a la Minera Cerro Colorado la extracciÃ³n de agua del acuÃ­fero Lagunillas</strong> por el nivel de incertidumbre existente respecto a la condiciÃ³n del lugar,<strong> el Ã³rgano jurisdiccional decretÃ³ la visita inspectiva al sistema lacustre de Lagunillas</strong>.</p>
<p>La medida fue anunciada por el tribunal luego de la audiencia de revisiÃ³n que se efectuÃ³, en la que los abogados de la empresa y del demandante entregaron nuevos antecedentes a los ministros.</p>
<p><strong>La diligencia judicial se efectuarÃ¡ este lunes 31 de enero</strong> y estarÃ¡ a cargo de la ministra presidenta del Primer Tribunal Ambiental, <strong>Sandra Ãlvarez Torres,</strong> quien junto al ministro en ciencias, CristiÃ¡n LÃ³pez Montecinos y asesores jurÃ­dicos y en ciencias del organismo, serÃ¡n los encargados de recabar los antecedentes necesarios para decidir si se acoge la solicitud de alzamiento de la medida cautelar, se mantiene o se modifica.</p>
<p>AdemÃ¡s, se solicitÃ³ la presencia de funcionarios de la <strong>DirecciÃ³n General de Aguas</strong> (DGA), y del Servicio AgrÃ­cola y Ganadero (SAG).</p>
<h3>Causa</h3>
<p>Esta visita inspectiva se enmarca dentro de la<strong> demanda por daÃ±o ambiental efectuada ante el tribunal por Luis Jara AlarcÃ³n,</strong> en contra de la CompaÃ±Ã­a Minera Cerro Colorado por <strong>el eventual daÃ±o ambiental al acuÃ­fero Lagunillas por la extracciÃ³n de agua realizada por la minera con fines productivos.</strong></p>
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		<title>Reforma al CÃ³digo de Agua avanza a sus pasos finales tras su aprobaciÃ³n en la CÃ¡mara</title>
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		<dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 11 Jan 2022 18:00:09 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Negocios e Industria]]></category>
		<category><![CDATA[Bjorn Flatgard]]></category>
		<category><![CDATA[Francisco Javier Conejeros]]></category>
		<category><![CDATA[Francisco Vallejos]]></category>
		<category><![CDATA[Mauricio Cristi]]></category>
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		<category><![CDATA[Roberto Wehrt]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La CorporaciÃ³n respaldÃ³ el informe de comisiÃ³n mixta que resolviÃ³ las diferencias con el Senado en torno a esta iniciativa que iniciÃ³ su trÃ¡mite en 2011. Entre sus caracterÃ­sticas principales estÃ¡ el declarar el agua, en cualquiera de sus estados, como bienes nacionales de uso pÃºblico.</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Hacia sus pasos finales en el Congreso Nacional se dirige laÂ <strong>reforma al CÃ³digo de Aguas,</strong> tras la aprobaciÃ³n, en la Sala de la CÃ¡mara de Diputadas y Diputados, del informe de la comisiÃ³n mixta que resolviÃ³ las diferencias con el Senado en torno a <a href="https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=7936&amp;prmBOLETIN=7543-12" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>esta propuesta legal</strong></a>, en trÃ¡mite ya cerca de diez aÃ±os.</p>
<p><strong>La iniciativa, despachada ahora al Senado, ingresÃ³ a trÃ¡mite en marzo de 2011 a la CÃ¡mara</strong>. Desde allÃ­, se despachÃ³ a segundo trÃ¡mite en noviembre de 2016; radicÃ¡ndose desde entonces en el Senado hasta agosto de 2021. Tras ello, el texto se revisÃ³ en tercer trÃ¡mite, donde se rechazaron 18 enmiendas, originando la citada comisiÃ³n mixta.</p>
<p>Los acuerdos emanados por dicha instancia se ratificaron por <a href="https://www.camara.cl/legislacion/sala_sesiones/votacion_detalle.aspx?prmIdVotacion=37492" target="_blank" rel="noopener noreferrer">129 votos a favor, 2 en contra y 2 abstenciones</a>.</p>
<p><strong>Ahora, solo resta la aprobaciÃ³n del Senado para que el proyecto, finalmente, pase a consideraciÃ³n del Ejecutivo para su promulgaciÃ³n como ley</strong>.</p>
<h3>Bien de uso pÃºblico</h3>
<p>La propuestaÂ <strong>declara las aguas, en cualquiera de sus estados, como â€œbienes nacionales de uso pÃºblicoâ€. En consecuencia, su dominio y uso pertenece a todos los habitantes de la naciÃ³n</strong>.</p>
<p><strong>En funciÃ³n del interÃ©s pÃºblico, se constituirÃ¡n derechos de aprovechamiento sobre las aguas</strong>, los cuales podrÃ¡n ser limitados en su ejercicio, de conformidad con las disposiciones de este CÃ³digo.</p>
<p>Para estos efectos, â€œse entenderÃ¡n comprendidas bajo el interÃ©s pÃºblico las acciones que ejecute la autoridad para resguardar el consumo humano y el saneamiento, la preservaciÃ³n ecosistÃ©mica, la disponibilidad de las aguas, la sustentabilidad acuÃ­fera y, en general, <strong>aquellas destinadas a promover un equilibrio entre eficiencia y seguridad en los usos productivos de las aguas</strong>â€.</p>
<p>Especifica queÂ <strong>el acceso al agua potable y el saneamiento es un derecho humano esencial e irrenunciable que debe ser garantizado por el Estado</strong>. Asimismo, detalla que no se podrÃ¡n constituir derechos de aprovechamiento en glaciares.</p>
<p>Por otra parte, considera una norma especial para los territorios indÃ­genas. Al respecto, se indica que <strong>el Estado velarÃ¡ por la integridad entre tierra y agua. Igualmente, se protegerÃ¡ las aguas existentes para beneficio de las comunidades indÃ­genas</strong>.</p>
<h3>Prioridad al consumo humano</h3>
<p>El texto remarca que las aguas cumplen diversas funciones, principalmente, las de subsistencia. Estas incluyen el uso para el consumo humano, el saneamiento y el uso domÃ©stico de subsistencia. De igual modo, estÃ¡n las funciones de preservaciÃ³n ecosistÃ©mica y las productivas.</p>
<p>En ese contexto, se recalca que â€œ<strong>siempre prevalecerÃ¡ el uso para el consumo humano, el uso domÃ©stico de subsistencia y el saneamiento, tanto en el otorgamiento como en la limitaciÃ³n al ejercicio de los derechos de aprovechamiento</strong>â€.</p>
<p>Se le asigna a la <strong>DirecciÃ³n General de Aguas</strong> (DGA) la misiÃ³n de sujetarse a la priorizaciÃ³n seÃ±alada cuando sea necesario la reducciÃ³n temporal del ejercicio de aprovechamiento o redistribuciÃ³n.</p>
<p>AdemÃ¡s, se aclara que el Estado podrÃ¡ constituir reservas de aguas disponibles, superficiales o subterrÃ¡neas. Estas podrÃ¡n incluir aquellas derivadas del tÃ©rmino, caducidad, extinciÃ³n o renuncia de un derecho de aprovechamiento. La DGA podrÃ¡ entregarlas a prestadores de servicios sanitarios para garantizar el consumo humano y el saneamiento. Junto a ello, se regulan aspectos relativos a la entrega de derechos de las aguas reservadas, uso, tarificaciÃ³n, transferencia y otros temas relacionados.</p>
<h3>Derechos de aprovechamiento</h3>
<p>ElÂ <strong>derecho de aprovechamiento se origina en virtud de una concesiÃ³n de 30 aÃ±os</strong>. Ello se realizarÃ¡ de acuerdo a los criterios de disponibilidad de la fuente de abastecimiento y/o de sustentabilidad del acuÃ­fero. PodrÃ¡ otorgarse por un periodo menor bajo resoluciÃ³n fundada de la autoridad.</p>
<p><strong>La duraciÃ³n del derecho de aprovechamiento se prorrogarÃ¡ por el solo ministerio de la ley y sucesivamente. Lo anterior, salvo que la DGA acredite el no uso efectivo del recurso o que existe una afectaciÃ³n a la sustentabilidad de la fuente.</strong></p>
<p>TambiÃ©n se indica que el titular podrÃ¡ solicitar, anticipadamente, la prÃ³rroga de su derecho dentro de los diez aÃ±os previos a su vencimiento.</p>
<p>Los derechos de aprovechamientoÂ <strong>se extinguirÃ¡n, total o parcialmente, si su titular no hace uso efectivo del recurso</strong>. En el caso de los derechos de aprovechamiento consuntivos serÃ¡ de cinco aÃ±os, mientras que en los no consuntivos serÃ¡ de diez aÃ±os. La medida podrÃ¡ ser objeto de solicitud de reconsideraciÃ³n.</p>
<p>Por otra parte, se recalca que cualquier cambio de uso de un derecho deberÃ¡ ser informado a la DGA. En tal evento, la instituciÃ³n evaluarÃ¡ la situaciÃ³n y tomarÃ¡ las acciones que sean pertinentes bajo los criterios de esta ley.</p>
<h3>Otras normas</h3>
<p>Conjuntamente, <strong>el proyecto norma los pasos a seguir frente al riesgo de que el ejercicio de los derechos de aprovechamiento genere una grave afectaciÃ³n al acuÃ­fero o a la fuente superficial de donde se extrae</strong>. Para ello, se le entregan mayores facultades a la DGA para actuar, incluyendo la suspensiÃ³n de los derechos.</p>
<p>Entre otras mÃºltiples materias, se regulan formalidades para la constituciÃ³n de los derechos de aprovechamiento; procedimientos y plazos a seguir; limitantes y obligaciones para los titulares; y facultades de control de la DGA.</p>
<p>Igualmente,<strong> se establece un derecho de expropiaciÃ³n a cargo del Ministerio de Obras PÃºblicas para obtener agua, cuando no existan otros medios</strong>; se establecen las infracciones aplicables a este marco legal, junto con las sanciones del caso; y se declara que los derechos de aprovechamiento reconocidos o constituidos antes de esta ley continuarÃ¡n estando vigentes.</p>
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		<title>El rol de Minera Cerro Colorado en la recuperaciÃ³n del acuÃ­fero y bofedal de Lagunillas</title>
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		<dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 09 Sep 2021 12:53:12 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Bjorn Flatgard]]></category>
		<category><![CDATA[Dominique Bureau.]]></category>
		<category><![CDATA[enero-marzo]]></category>
		<category><![CDATA[Franco Parisi]]></category>
		<category><![CDATA[mercado español]]></category>
		<category><![CDATA[puente Río Turbio]]></category>
		<category><![CDATA[Río Turbio]]></category>
		<category><![CDATA[santiago]]></category>
		<category><![CDATA[vuelta diaria]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Ubicado en la RegiÃ³n de TarapacÃ¡, se encuentra en vÃ­as de recuperaciÃ³n, con sus funciones ecosistÃ©micas en pleno y con vegetaciÃ³n, lo que se ha confirmado por diversos estudios y reportes de consultores independientes.</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>A lo largo de su vida Ãºtil, <strong>Minera Cerro Colorado</strong> ha atravesado diversas etapas y escenarios en su relaciÃ³n con el <strong>acuÃ­fero y bofedal de Lagunillas</strong>.</p>
<p>El tema ha sido planteado a nivel pÃºblico con motivo de las acciones presentadas recientemente ante el <strong>Tribunal Ambiental</strong>, pero -en lo concreto- la realidad actual de Lagunillas estÃ¡ marcada por un proceso que iniciÃ³ la minera hace poco mÃ¡s de 15 aÃ±os.</p>
<p>Ubicado en la <strong>RegiÃ³n de TarapacÃ¡</strong>, <strong>actualmente el bofedal de Lagunillas se encuentra en vÃ­as de recuperaciÃ³n, con sus funciones ecosistÃ©micas en pleno y con vegetaciÃ³n</strong>, lo que se ha confirmado por diversos estudios y reportes de consultores independientes.</p>
<p>Esta Ã¡rea es descrita por el Ministerio de Medio Ambiente como<strong> uno de los Humedales Alto Andinos de relevancia regiona</strong>l, considerando sus particularidades en riqueza de especies.</p>
<p>Dentro de la fauna y especies identificadas en el sector se cuentan <strong>flamencos, peces de agua dulce catalogados como <em>Trichomycterus rivulatus</em> y <em>Orestias agasÃ¼</em>, ranas, aves como suris, perdices y taguas, y mamÃ­feros como guanacos, alpacas, vicuÃ±as, zorros y vizcachas</strong>. AdemÃ¡s, la cartera de Medio Ambiente ha destacado la funciÃ³n de este bofedal dentro del <strong>â€œcorredor biolÃ³gicoâ€ de los flamencos</strong>.</p>
<h3><strong>OperaciÃ³n minera y entorno</strong></h3>
<p><strong>Cerro Colorado iniciÃ³ sus actividades en 1992</strong>, siendo una de las primeras operaciones mineras de gran escala que dio inicio al <em>boom</em> de inversiones en esa dÃ©cada que consolidÃ³ a Chile como principal productor de cobre mundial. La operaciÃ³n se iniciÃ³ con una extracciÃ³n de 90 l/s desde Lagunillas segÃºn las autorizaciones ambientales otorgadas en 1994 y 1997. Diez aÃ±os despuÃ©s presentÃ³ un proyecto para optimizar sus operaciones y aumentar su producciÃ³n de cobre. Esto considerÃ³ una extracciÃ³n de 150 l/s segÃºn la Res. Ex. de la COREMA de 2002.</p>
<p><strong>En 2005, la DirecciÃ³n General de Aguas (DGA) notificÃ³ a la minera sobre indicios de que las variables ambientales relevantes del proyecto, en el sector de Lagunillas, no se comportaban conforme a lo previsto en los procesos de evaluaciÃ³n de impacto ambiental.</strong> BÃ¡sicamente, lo anterior se referÃ­a a la afectaciÃ³n sobre el bofedal de Lagunillas que es sustentado por el acuÃ­fero.</p>
<p>Como respuesta, <strong>Cerro Colorado presentÃ³ un plan de recuperaciÃ³n,</strong> aprobado por la Res. Ex. NÂ° 67, en 2011. El denominado <strong>â€œPlan de trabajo para el manejo de las funciones ecosistÃ©micas del sistema lacustre Lagunillasâ€</strong> se planteÃ³ como objetivo <strong>la recuperaciÃ³n del bofedal de 8,5 hectÃ¡reas y su mantenciÃ³n hasta que se reestablezcan los niveles de agua subterrÃ¡nea que permitan que el bofedal funcione naturalmente.</strong> En este contexto, las metas de recuperaciÃ³n vegetacional establecidas fueron:</p>
<ul>
<li>60% de cobertura vegetacional hacia 2012 (se cumpliÃ³ con un 89% de cobertura).</li>
<li>70% de cobertura de especies propias del bofedal en 2017 (cumplida con un 83,3% de cobertura).</li>
</ul>
<h3><strong>SituaciÃ³n actual y proyecciones</strong></h3>
<p>Cerro Colorado ha venido realizando estudios detallados y modelos hidrogeolÃ³gicos que garantizan que, <strong>al actual ritmo de extracciÃ³n y considerando el cese de operaciones de la mina en 2023, los niveles en el acuÃ­fero se recuperarÃ¡n hacia 205</strong>0.</p>
<p>Hasta que ello ocurra, <strong>Cerro Colorado debe desarrollar un sistema de riego artificial para sostener el bofedal hasta su autosustentaciÃ³n</strong>. Cabe recordar que, <strong>en la actualidad, en torno a un 25% del agua que la minera tiene autorizado extraer, se destina a soportar al bofedal y no a producciÃ³n de cobre</strong>.</p>
<p>â€œLa recuperaciÃ³n del sistema azonal de Lagunillas se refleja en el paso de una condiciÃ³n cercana a cero cobertura vegetacional del bofedal en 2006, a la condiciÃ³n registrada en la Ãºltima campaÃ±a de seguimiento anual, desarrollada en abril de 2020, que presenta <strong>mÃ¡s de 97,1% de cobertura vegetacional total, donde un 94% corresponde a cobertura de especies propias del bofedal y un 68% corresponde a recuperaciÃ³n de cubrimiento de especies acojinadas respecto a su condiciÃ³n original (7,13 ha)</strong>â€, dice el biÃ³logo<strong> Mario Parada,</strong> consultor en biodiversidad y recursos naturales de Biornat.</p>
<p>De acuerdo con el especialista, esta condiciÃ³n de recuperaciÃ³n de un sistema natural, con estas caracterÃ­sticas, resulta inÃ©dita y no observada en ninguna experiencia similar en Chile.</p>
<p>â€œEn 2005 diversos actores planteron que este bofedal se encontraba en un nivel de afectaciÃ³n severa, con una representaciÃ³n de especies acojinadas tendiente a cero. Pero<strong> luego de la implementaciÃ³n de los manejos recuperativos a partir de 2006 por Cerro Colorado, se ha observado un mejoramiento sostenido de la cobertura vegetacional</strong>. Es mÃ¡s, se han sobrepasado todas las metas declaradas en 2011â€, subraya el especialista.</p>
<p>Junto a la vegetaciÃ³n, desde 2006 hasta la actualidad, otras formas de vida han recolonizado el bofedal y hace ya bastantes aÃ±os es posible observar<strong> flamencos, vicuÃ±as, Ã±andÃºes, patos, guayatas, zorros, anfibios y peces</strong> entre otras, transformando al bofedal de Lagunillas en un humedal de alta diversidad biolÃ³gica.</p>
<p>â€œ<strong>Los estudios y modelaciones hidrogeolÃ³gicas realizadas muestran signos claros de la futura recuperaciÃ³n del acuÃ­fero Lagunillas</strong>â€, afirma <strong>Manuel Ãlvarez</strong>, superintendente de asuntos hÃ­dricos de Cerro Colorado.</p>
<p>â€œAdemÃ¡s,<strong> la operaciÃ³n ha venido implementando un proceso de desescalamiento de la faena minera,</strong> lo que se ha traducido en caudales de extracciÃ³n por debajo de los autorizados sin alcanzar hasta ahora los mÃ¡ximos descensos en niveles que autorizan los permisos. En otras palabras, la autoridad ambiental, mediante la ResoluciÃ³n 67/11, impuso restricciones a la extracciÃ³n y fijÃ³ descensos mÃ¡ximos del acuÃ­fero, lo que se ha cumplido y se seguirÃ¡ cumpliendo a cabalidadâ€, aÃ±ade.</p>
<p>Desde la compaÃ±Ã­a afirman que <strong>han informado periÃ³dica y regularmente a las autoridades pertinentes sobre la extracciÃ³n de agua que se realiza en el acuÃ­fero, la situaciÃ³n actual y el pronÃ³stico de los niveles del acuÃ­fero y los efectos del cambio climÃ¡tico global sobre la Cuenca de Lagunillas</strong>, de igual forma se han sometido a diversos requerimientos de informaciÃ³n sin que las autoridades hayan encontrado indicios o dictaminado sanciones relativas a la existencia de un posible riesgo inminente, tanto del acuÃ­fero como del bofedal Lagunillas.</p>
<p>â€œLos estudios y modelos hidrogeolÃ³gicos realizados garantizan que, al actual ritmo de extracciÃ³n, tomando en cuenta los efectos del cambio climÃ¡tico en el altiplano y tambiÃ©n considerando el cese de operaciones de la mina en 2023,<strong> la situaciÃ³n en el acuÃ­fero se revertirÃ¡ y se recuperarÃ¡n sus niveles hacia el aÃ±o 2050, o incluso antes</strong>â€, concluye Manuel Ãlvarez.</p>
<h3>RecuperaciÃ³n</h3>
<p>En el siguiente grÃ¡fico se observa que las especies acojinadas ya en el aÃ±o 2009, luego de la implementaciÃ³n de la recarga de agua en el 2006, alcanzaban<strong> mÃ¡s de un 13% de recuperaciÃ³n</strong>.</p>
<p>Entre el aÃ±o 2011 y 2012, luego de la aprobaciÃ³n del â€œPLANâ€ (RCA 067/11) se inicia el mejoramiento del Sistema de Recarga de Aguas observÃ¡ndose<strong> un aumento significativo de la recuperaciÃ³n de cobertura de especies acojinadas, llegando en el aÃ±o 2020 a un 68 % equivalente a aproximadamente 5 hectÃ¡reas de cojines</strong>.</p>
<p><a href="https://www.mch.cl/wp-content/uploads/2021/09/grafico.png"><img decoding="async" class="aligncenter size-medium wp-image-167158" src="https://www.mch.cl/wp-content/uploads/2021/09/grafico-300x152.png" alt="" width="300" height="152" srcset="https://www.empleosmineria.cl/wp-content/uploads/2021/09/grafico-300x152.png 300w, https://www.empleosmineria.cl/wp-content/uploads/2021/09/grafico-480x244.png 480w, https://www.empleosmineria.cl/wp-content/uploads/2021/09/grafico.png 691w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" /></a></p>
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			</item>
		<item>
		<title>Sala de la CÃ¡mara analizarÃ¡ este martes proyecto que modifica el CÃ³digo de Aguas</title>
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		<dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 06 Sep 2021 15:49:27 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Bjorn Flatgard]]></category>
		<category><![CDATA[GastÃ³n Lewin]]></category>
		<category><![CDATA[Manfre Barría]]></category>
		<category><![CDATA[Ricardo Galleguillos]]></category>
		<category><![CDATA[santiago]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La norma seÃ±ala que los derechos de agua se constituirÃ¡n en funciÃ³n del interÃ©s pÃºblico y que se otorgarÃ¡n temporalmente (30 aÃ±os).</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>En la sesiÃ³n de la Sala de la CÃ¡mara de Diputadas y DiputadosÂ este <strong>martes 7 de septiembre</strong> se analizarÃ¡n las modificaciones del Senado al<strong> proyecto que reforma el CÃ³digo de Aguas (<a href="https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=7936&amp;prmBOLETIN=7543-12" target="_blank" rel="noopener noreferrer">boletÃ­n 7543</a>).</strong></p>
<p>Para ello, la CorporaciÃ³n contarÃ¡ con el informe de la ComisiÃ³n de Recursos HÃ­dricos. Dicho texto lo entregarÃ¡ el diputadoÂ <strong><a href="https://www.camara.cl/diputados/detalle/mociones.aspx?prmID=1037" target="_blank" rel="nofollow noopener noreferrer">Diego IbÃ¡Ã±ez</a>Â (CS)</strong>, presidente de la instancia.</p>
<p>La iniciativa, con 10 aÃ±os en tramitaciÃ³n,Â <strong>establece el agua como bien nacional de uso pÃºblico, cuyo dominio y uso pertenecen a todos los habitantes</strong>.</p>
<p>Su objetivo es generar mayor seguridad y equidad en su acceso y establecer la prioridad de uso para consumo humano, saneamiento, seguridad alimentaria y desarrollo productivo local.</p>
<h3>Derechos de agua</h3>
<p><strong>La norma seÃ±ala que los derechos de agua (DDA) se constituirÃ¡n en funciÃ³n del interÃ©s pÃºblico y que se otorgarÃ¡n temporalmente (30 aÃ±os).</strong></p>
<p>Junto a eso, <strong>se elimina la especulaciÃ³n por medio de un incremento en la patente por no uso y la extinciÃ³n de los DDA sin uso</strong>.</p>
<p>AdemÃ¡s, se establece el reconocimiento del acceso al agua de los bienes y servicios, <strong>la obligaciÃ³n de informar los cambios de usos productivos y el fortalecimiento de los caudales ecolÃ³gicos</strong>.</p>
<p>TambiÃ©n que <strong>el Estado vele por la integridad entre tierra y agua y proteja las aguas existentes para beneficio de las comunidades indÃ­genas</strong>.</p>
<h3>Cambios en el Senado</h3>
<p>Dentro de los cambios realizados en el Senado y analizados en la ComisiÃ³n, la mayorÃ­a se centra en potenciar la prioridad del consumo humano.</p>
<p>La norma prioriza en remates la solicitud de un derecho con este fin, lo mismo en cuanto a la atribuciÃ³n del Presidente de otorgar derechos.</p>
<p><strong>En cuanto a las aguas subterrÃ¡neas, se agrega el concepto de sector hidrolÃ³gico de aprovechamiento comÃºn.</strong></p>
<p>TambiÃ©n se modificaron las atribuciones de la <strong>DirecciÃ³n General de Aguas</strong> (DGA) para la vigilancia de las aguas subterrÃ¡nea junto a otras obligaciones y deberes de informar, entre otros puntos.</p>
<p>La ComisiÃ³n analizÃ³ las modificaciones del Senado durante el Ãºltimo mes. En el debate, quedaron en evidencia varios desacuerdos con los cambios en el segundo trÃ¡mite.</p>
<p>Quienes integran la instancia anunciaron que solicitarÃ¡n votaciÃ³n separada de varios artÃ­culos para resolver las discrepancias en una comisiÃ³n mixta.</p>
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		<title>Diputados llaman a entregar mÃ¡s recursos a la DirecciÃ³n General de Aguas</title>
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		<dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 06 Sep 2021 14:41:26 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Bjorn Flatgard]]></category>
		<category><![CDATA[chef Cristian Gómez]]></category>
		<category><![CDATA[Confesur]]></category>
		<category><![CDATA[Dr. en biotecnología]]></category>
		<category><![CDATA[Jaime PÃ©rez de Arce]]></category>
		<category><![CDATA[Manfre Barría]]></category>
		<category><![CDATA[santiago]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Por medio de una resoluciÃ³n, la Sala de la CÃ¡mara de Diputadas y Diputados aprobÃ³ por unanimidad solicitar al Ejecutivo la asignaciÃ³n de recursos para el organismo, con el objeto de que este pueda hacer frente a las tareas que implicarÃ¡ la sequÃ­a en 2022.</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La <strong>Sala de la CÃ¡mara aprobÃ³ laÂ <a href="https://www.camara.cl/legislacion/resoluciones/resolucion_documentos.aspx?prmId=6875" target="_blank" rel="noopener noreferrer">resoluciÃ³n 1645,</a></strong>Â que solicita al Presidente de la RepÃºblica las medidas necesarias para dotar deÂ <strong>mÃ¡s recursos a la DirecciÃ³n General de Aguas</strong>.</p>
<p>La idea es que en la Ley de Presupuestos del sector pÃºblico se le asignen recursos, a fin que el prÃ³ximo aÃ±o pueda enfrentar los efectos de laÂ <strong>escasez hÃ­drica</strong>.</p>
<p>En sus fundamentos, se seÃ±ala que, en Chile, los principales efectos observados delÂ <strong>cambio climÃ¡tico</strong>Â son las <strong>sequÃ­as, crecidas y deslizamientos de tierra.</strong> Esto, se remarca, genera pÃ©rdidas econÃ³micas.</p>
<p>A ello, se suma la intensificaciÃ³n delÂ <strong>estrÃ©s hÃ­drico,</strong>Â producto del crecimiento poblacional, los usos de la tierra y la urbanizaciÃ³n.</p>
<p>Se estima, ademÃ¡s, que las <strong>pÃ©rdidas de masa generalizadas de los glaciares y las reducciones de la cubierta de nieve se acelerarÃ¡n durante el siglo XXI</strong>. Como consecuencia de esto, se afectarÃ¡ obligadamente la disponibilidad de agua.</p>
<p>Otros factores relevantes que se mencionan son la<strong> contaminaciÃ³n y el sobre-otorgamiento de Derechos de Agua.</strong></p>
<h3>ResoluciÃ³n</h3>
<p>La resoluciÃ³n aprobada<strong> solicita al Mandatario la adopciÃ³n de medidas administrativas y financieras a travÃ©s de la Ley de Presupuestos 2022.</strong> En tal plano, se aspira a que se incorporen los recursos financieros suficientes para que la DirecciÃ³n de Aguas realice diversas tareas.</p>
<p>En lÃ­nea con lo anterior, se plantea<strong> efectuar un diagnÃ³stico y balance de disponibilidad de aguas a nivel nacional</strong>.Â Asimismo, <strong>actualizar y difundir la informaciÃ³n relativa al recurso hÃ­drico</strong>. Junto a ello, <strong>inventariar los glaciares y mejorar la regulaciÃ³n del recurso hÃ­drico.</strong></p>
<p>Adicionalmente, se insta a<strong> fomentar las organizaciones de usuarios de agua</strong>. De igual modo, se propone <strong>implementar sistemas de monitoreo de extracciÃ³n de aguas</strong>. Y, paralelamente, <strong>fortalecer la funciÃ³n de fiscalizaciÃ³n de la DGA</strong>.</p>
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		<title>Tribunal Ambiental ordena a Minera Cerro Colorado detener extracciÃ³n de agua de acuÃ­fero de Lagunillas</title>
		<link>https://www.empleosmineria.cl/tribunal-ambiental-ordena-a-minera-cerro-colorado-detener-extraccion-de-agua-de-acuifero-de-lagunillas/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 20 Aug 2021 14:24:28 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Negocios e Industria]]></category>
		<category><![CDATA[áreas pesqueras]]></category>
		<category><![CDATA[Bjorn Flatgard]]></category>
		<category><![CDATA[Come pescado]]></category>
		<category><![CDATA[Dambisa Moyo]]></category>
		<category><![CDATA[negociador]]></category>
		<category><![CDATA[Ricardo Booshard]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Desde el primero de octubre, la compaÃ±Ã­a minera deberÃ¡ parar la extracciÃ³n de agua.</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Una medida cautelar que <strong>prohÃ­be a CompaÃ±Ã­a Minera Cerro Colorado continuar extrayendo agua del acuÃ­fero de Lagunillas dictÃ³ el Primer Tribunal Ambiental</strong> con sede en Antofagasta.</p>
<p>La determinaciÃ³n, adoptada por los ministros <strong>Mauricio Oviedo</strong> (presidente), <strong>Juan Opazo y Oscar ClaverÃ­a</strong> se tomÃ³ luego de acoger a trÃ¡mite una demanda de reparaciÃ³n de daÃ±o ambiental en contra de la minera de propiedad de BHP.</p>
<p>La medida cautelar, tal como lo establece la Ley, <strong>regirÃ¡ desde el primero de octubre y tiene como fin impedir los efectos negativos de los actos o conductas sometidas a su conocimiento</strong> y se fundamenta en el fallo que ya fue dictado por el Segundo Tribunal Ambiental en 2019 a travÃ©s del cual <strong>se anulÃ³ parcialmente la ResoluciÃ³n de CalificaciÃ³n Ambiental (RCA) del proyecto â€œContinuidad Operacional Cerro Coloradoâ€</strong>, lo que posteriormente fue ratificado por la Corte Suprema.</p>
<p>â€œ<strong>Se acoge la solicitud de medida cautelar consistente en la paralizaciÃ³n de la extracciÃ³n de agua subterrÃ¡nea desde el acuÃ­fero Lagunillas, desde los Pozos P1, P2, P3 y P4, destinada a la operaciÃ³n de la faena minera Cerro Colorado</strong>, por el tÃ©rmino de 90 dÃ­as, con excepciÃ³n de la extracciÃ³n de 10 litros por segundo autorizada para la ejecuciÃ³n del Sistema de Riego Artificial (SRA)â€, dictaminaron los ministros.</p>
<p>A juicio del Primer Tribunal Ambiental los antecedentes entregados en la demanda, entre los que estÃ¡n informes de la <strong>DirecciÃ³n General de Aguas (</strong>DGA), constituyen una <strong>â€œpresunciÃ³n graveâ€</strong> de los hechos denunciados, por lo que â€œ<strong>existe la necesidad de impedir que los efectos adversos de la extracciÃ³n de aguas subterrÃ¡neas que mantiene la empresa minera sobre el acuÃ­fero Lagunillas se sigan manifestando y agudizando</strong>â€.</p>
<p>Agregan que<strong> la Ãºnica acciÃ³n que â€œpor ahoraâ€ permite lograr la protecciÃ³n de la laguna y bofedal es la paralizaciÃ³n de la extracciÃ³n de agua â€œ</strong>hasta que la autoridad evaluadora emita un pronunciamiento tÃ©cnico favorable que entregue seguridad de no afectaciÃ³n de los bienes protegidosâ€.</p>
<h3>AcciÃ³n judicial</h3>
<p>La acciÃ³n judicial fue interpuesta por Luis Jara AlarcÃ³n, propietario de la Estancia de Cancosa y<strong> se basa en el daÃ±o ambiental que la empresa habrÃ­a provocado por la extracciÃ³n de agua del acuÃ­fero de Lagunillas, lo que ha provocado un deterioro al sistema Lagunar y al bofedal del mismo nombre del acuÃ­fero</strong>.</p>
<p><strong>El demandante solicita al tribunal la detenciÃ³n definitiva de toda la extracciÃ³n de agua desde el acuÃ­fero para la operaciÃ³n de la faen</strong>a, asÃ­ como el desmantelamiento de obras asociadas; la elaboraciÃ³n, evaluaciÃ³n e implementaciÃ³n de un proyecto de suministro hÃ­drico artificial al acuÃ­fero; y la reposiciÃ³n, reparaciÃ³n y restauraciÃ³n integral de todos los recursos biolÃ³gicos y demÃ¡s condiciones abiÃ³ticas preexistentes en el ecosistema daÃ±ado.</p>
<h3>DaÃ±o ambiental</h3>
<p>Luis Jara asegura que <strong>el daÃ±o ambiental es una consecuencia del actuar â€œilegal y culpableâ€ de la compaÃ±Ã­a</strong> por la ausencia de una autorizaciÃ³n ambiental para extraer aguas del acuÃ­fero.</p>
<p>â€œLa RCA (ResoluciÃ³n de CalificaciÃ³n Ambiental) 69/2015 fue anulada en consideraciÃ³n a que las medidas ambientales propuestas por el titular no eran apropiadas para hacerse cargo de los impactos ambientales sobre el recurso hÃ­drico del proyectoâ€, dice el escrito.</p>
<p>Sumado a lo anterior,<strong> el demandante aduce que se realizan extracciones de agua sin contar con los derechos de aprovechamiento</strong>. â€œAsÃ­, sumado a la falta de permiso ambiental, CMCC (CompaÃ±Ã­a Minera CerrÃ³ Colorado) carecÃ­o tambiÃ©n del permiso sectorial consistente en el derecho de aprovechamiento de aguas legalmente otorgado por la DGA que la habilite para las extracciones referidas, lo que constituye otro presupuesto para presumir su responsabilidad ambiental por infracciÃ³n a los artÃ­culos 6 y siguientes del TÃ­tulo I del CÃ³digo de Aguasâ€.</p>
<h3>Incumplimientos</h3>
<p>Otros de los incumplimientos de los que se acusa a la minera tienen relaciÃ³n a las <strong>medidas de riego artificial necesarias para la mantenciÃ³n del humedal</strong>.</p>
<p>Seguido de un retardo negligente en el proceso de evaluaciÃ³n ambiental de las nuevas medidas que debe proponer la empresa para hacerse cargo de los efectos ambientales del nuevo proyecto en el acuÃ­fero Lagunillas. <strong>Se acusa a la minera de daÃ±o continuo, permanente, irreversible y significativo</strong>.</p>
<h3>Demandante</h3>
<p>Luis Eliecer Jara AlarcÃ³n, es copropietario del predio denominado Estancia Cancosa, dentro de cuyos lÃ­mites se encuentra el denominado Salar Lagunillas, compuesto, por el acuÃ­fero Pampa Lagunillas, el Bofedal o Humedal Lagunillas y la Laguna Huantija.</p>
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		<title>En acuerdo queda reclamaciÃ³n por archivo de denuncia efectuada por eventuales incumplimientos de Minera Los Pelambres</title>
		<link>https://www.empleosmineria.cl/en-acuerdo-queda-reclamacion-por-archivo-de-denuncia-efectuada-por-eventuales-incumplimientos-de-minera-los-pelambres/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 09 Aug 2021 14:52:18 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Negocios e Industria]]></category>
		<category><![CDATA[Bjorn Flatgard]]></category>
		<category><![CDATA[CETI]]></category>
		<category><![CDATA[Dambisa Moyo]]></category>
		<category><![CDATA[Superintendencia de Medio Ambiente]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>ReclamaciÃ³n de los hermanos Ventura se enmarca en lo que ellos califican como un incumplimiento de los deberes de la SMA, ya que no prosperÃ³ la denuncia que efectuaron en 2013 por infracciones ambientales de la minera, al no asegurar los caudales del estero PupÃ­o el que se localiza aguas abajo del tranque El Mauro.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.empleosmineria.cl/en-acuerdo-queda-reclamacion-por-archivo-de-denuncia-efectuada-por-eventuales-incumplimientos-de-minera-los-pelambres/">En acuerdo queda reclamaciÃ³n por archivo de denuncia efectuada por eventuales incumplimientos de Minera Los Pelambres</a> se publicó primero en <a href="https://www.empleosmineria.cl">Empleos Minería</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El <strong>Primer Tribunal Ambiental</strong> dejÃ³ en acuerdo la reclamaciÃ³n efectuada por los <strong>hermanos Ventura Svigilsky</strong>, de la comuna de Los Vilos, en contra de la <strong>Superintendencia de Medio Ambiente</strong> (SMA), por el <strong>archivo que el organismo realizÃ³ de la denuncia por eventuales incumplimientos ambientales de Minera Los Pelambres</strong>.</p>
<p>La decisiÃ³n fue tomada por los ministros Mauricio Oviedo (presidente), CristiÃ¡n LÃ³pez y Eric SepÃºlveda luego de la audiencia de alegatos que se efectuÃ³ la semana pasada.</p>
<p>La sala del Ã³rgano jurisdiccional escuchÃ³ los fundamentos de las partes sobre los puntos en controversia que tienen que ver con el mÃ©rito de la denuncia efectuada ante la SMA en lo que ataÃ±e al cumplimiento de la ResoluciÃ³n de CalificaciÃ³n Ambiental (RCA) por parte de la minera en relaciÃ³n a la <strong>disminuciÃ³n de las aguas del Estero PupÃ­o y el archivo que el organismo hizo de ella</strong>.</p>
<p>Respecto a los alegatos expuestos por<strong> Ezio Costa,</strong> abogado de los hermanos Ventura Svigilsky como reclamantes de la causa, se basaron en<strong> establecer la disminuciÃ³n del caudal y la imposibilidad de ejercer los Derechos de Agua, y lo que serÃ­a un incumplimiento de los deberes del organismo fiscalizador al no perseverar en la investigaciÃ³n</strong>.</p>
<p>Para Costa Cordella, <strong>la SMA cometiÃ³ un error al archivar la denuncia presentada hace mÃ¡s de 7 aÃ±os</strong> y en la interpretaciÃ³n que hace el organismo sobre cuÃ¡l es la obligaciÃ³n de Minera Los Pelambres en relaciÃ³n con los derechos de aguas de sus representados en el Estero PupÃ­o.</p>
<p>â€œ<strong>Tanto la Superintendencia y la empresa se escudan en una interpretaciÃ³n errÃ³nea de la ResoluciÃ³n de CalificaciÃ³n Ambiental (RCA) para dar la impresiÃ³n que se estÃ¡ cumpliendo cuando es evidente que no se estÃ¡ cumpliendo</strong>â€, dijo y recordÃ³ que â€œla medida de compensaciÃ³n estableciÃ³ que se considerarÃ¡ la restituciÃ³n de los caudales histÃ³ricos, que asegurarÃ¡ la preservaciÃ³n de derechos ecolÃ³gicos, de terceros y de usos histÃ³ricos y que no se alterarÃ¡n los derechos de tercerosâ€.</p>
<p>Costa tambiÃ©n dijo que <strong>sus representados estÃ¡n a solo 28 kilÃ³metros de la minera y que no reciben agua, adujo, ademÃ¡s, que si bien no se puede obviar que producto de la sequÃ­a hay menor disponibilidad de agua, existe una influencia de parte de la minera que estÃ¡ claramente establecida en la propia RCA, por lo que se le obliga a una medida de compensaciÃ³n que se estÃ¡ incumpliend</strong>o.</p>
<h3>Defensa de la SMA y la empresa</h3>
<p>Dichos argumentos fueron refutados por la Superintendencia de Medio Ambiente y por la empresa. En primer lugar, la abogada de la SMA Pamela Torres explicÃ³ que <strong>la Superintendencia para archivar la denuncia considerÃ³ las fiscalizaciones realizadas en 2013, 2014 y 2015 en las cuales se verificaron las instalaciones del proyecto que tienen relaciÃ³n con obras de intervenciÃ³n, manejo y entrega de agua superficial</strong>.</p>
<p>La abogada explicÃ³ que, la obligaciÃ³n a la empresa de restituciÃ³n del caudal comprometido, estÃ¡ dada por la aprobaciÃ³n efectuada por la DirecciÃ³n General de Aguas (DGA) para el diseÃ±o y construcciÃ³n de las obras del relave, lo que ademÃ¡s, quedÃ³ condicionado a la obligaciÃ³n de restituir las aguas, lo que se determina aÃ±o a aÃ±o en relaciÃ³n a las precipitaciones. En ese mismo sentido aclarÃ³ que <strong>la SMA â€œno ha seÃ±alado que Minera Los Pelambres no tenga esa obligaciÃ³nâ€, y enfatizÃ³ en que el organismo continuÃ³ fiscalizando a la empresa y que el archivo de la denuncia se funda en que no se verificaron incumplimientos en las fiscalizaciones del 2014 y 2015</strong>.</p>
<p>TambiÃ©n, Torres fue enfÃ¡tica al decir que â€œ<strong>el archivo de la denuncia dice relaciÃ³n Ãºnica y exclusivamente para el tiempo en que fueron presentadas</strong>, razÃ³n por la cual si la Superintendencia llegara a contar con nuevos antecedentes producto de actividades de fiscalizaciÃ³n como las que ya estÃ¡n en marcha o denuncias nuevas, estas pueden ser consideradas en el proceso de investigaciÃ³n de fiscalizaciÃ³n y de sanciÃ³n, por lo tanto tampoco existe un perjuicio respecto del archivo de la denuncia de esa Ã©poca (â€¦) si hoy estÃ¡n teniendo un problema pueden denunciar a la Superintendenciaâ€.</p>
<p>En tanto, <strong>Javier Vergara Fisher, abogado de la empresa, detallÃ³ lo comprometido por la empresa en la evaluaciÃ³n ambiental</strong> y exhibiÃ³ un mapa del relave, canales de contorno y embalse de cola (para almacenamiento de agua). <strong>â€œLas Ãºnicas aguas que utiliza la mina son las aguas claras del relave. Que las aguas del embalse de cola tienen por objeto restituirse al estero PupÃ­oâ€, afirmÃ³. Se refiriÃ³ asimismo a la escasez de agua y sequÃ­a extrema de la zona</strong>.</p>
<p>Vergara Fisher asegurÃ³ que â€œ<strong>lo que estÃ¡n pidiendo es que construyamos un acueducto, pero no dice relaciÃ³n con las obligaciones de mi representada</strong> (empresa Minera Los Pelambres) (â€¦) Somos una empresa extraordinariamente fiscalizada por la SMA y debo decir que respecto a obligaciÃ³n de restituciÃ³n no encontrÃ³ ningÃºn elemento y no formulÃ³ cargosâ€.</p>
<p>Luego de dejar en acuerdo la causa, se determinÃ³ que serÃ¡ el ministro Mauricio Oviedo quien estarÃ¡ a cargo de la redacciÃ³n del fallo.</p>
<h3><strong>ReclamaciÃ³n</strong></h3>
<p>La reclamaciÃ³n de los hermanos Ventura se enmarca en lo que ellos califican como un incumplimiento de los deberes de la SMA, ya que <strong>no prosperÃ³ la denuncia que efectuaron en 2013 por infracciones ambientales de Minera Los Pelambres al no asegurar los caudales del estero PupÃ­o el que se localiza aguas abajo del tranque El Mauro</strong>.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.empleosmineria.cl/en-acuerdo-queda-reclamacion-por-archivo-de-denuncia-efectuada-por-eventuales-incumplimientos-de-minera-los-pelambres/">En acuerdo queda reclamaciÃ³n por archivo de denuncia efectuada por eventuales incumplimientos de Minera Los Pelambres</a> se publicó primero en <a href="https://www.empleosmineria.cl">Empleos Minería</a>.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Ordenan consulta a pueblos originarios por exploraciÃ³n de agua subterrÃ¡nea</title>
		<link>https://www.empleosmineria.cl/ordenan-consulta-a-pueblos-originarios-por-exploracion-de-agua-subterranea/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 03 Nov 2020 10:15:45 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Negocios e Industria]]></category>
		<category><![CDATA[Alejandro Tocigl]]></category>
		<category><![CDATA[Bjorn Flatgard]]></category>
		<category><![CDATA[gaviotas]]></category>
		<category><![CDATA[generador]]></category>
		<category><![CDATA[Igemar]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Corte de Antofagasta dictaminÃ³ dejar sin efecto la solicitud de la empresa Minera ZaldÃ­var Spa.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.empleosmineria.cl/ordenan-consulta-a-pueblos-originarios-por-exploracion-de-agua-subterranea/">Ordenan consulta a pueblos originarios por exploraciÃ³n de agua subterrÃ¡nea</a> se publicó primero en <a href="https://www.empleosmineria.cl">Empleos Minería</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>(El Mercurio de Antofagasta)</strong> La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogiÃ³ las reclamaciones presentadas por el Consejo de Pueblos AtacameÃ±os y la Comunidad AtacameÃ±a de Peine en contra de la DirecciÃ³n General de Aguas (DGA), y ordenÃ³ dejar sin efecto la resoluciÃ³n que otorgÃ³ autorizaciÃ³n para explorar aguas subterrÃ¡neas a la CompaÃ±Ã­a Minera ZaldÃ­var Spa, debiendo iniciar la reclamada un proceso de consulta a las comunidades que pueden verse afectadas.</p>
<p>En fallos unÃ¡nimes, la Primera Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Juan Opazo Lagos, Jasna Pavlich NÃºÃ±ez y Eric SepÃºlveda Casanova -dejÃ³ sin efecto las resoluciones impugnadas y ordenÃ³ retrotraer la solicitud de la empresa minera e iniciar el proceso de consulta.</p>
<p><a href="https://www.mercurioantofagasta.cl/impresa/2020/11/03/full/cuerpo-principal/4/" target="_blank" rel="noopener noreferrer"><strong>[Sigue leyendo este tema en la ediciÃ³n digital del diario]</strong></a></p>
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