El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) rechazó la demanda presentada por las empresas Eléctrica Puntilla S.A. e Hidromaule S.A. en contra de la Comisión Nacional de Energía (CNE), en el marco de la aplicación de una norma técnica relacionada con la operación de centrales que utilizan gas natural licuado regasificado (GNL).
La acción judicial cuestionaba la incorporación de la denominada “condición de inflexibilidad” en la norma técnica para la programación y coordinación de unidades que operan con GNL, la cual fue aprobada por la CNE en 2016 y posteriormente modificada en 2019 y 2021.
Según las empresas demandantes, esta condición permitiría priorizar el uso de determinados volúmenes de gas mediante ajustes en los costos variables de las centrales, alterando el orden de mérito del sistema eléctrico y favoreciendo a generadoras que operan con GNL por sobre otros actores, en particular aquellos vinculados a energías renovables no convencionales.
Resolución
No obstante, el TDLC concluyó que la actuación de la CNE no configuró una infracción a la libre competencia. En su resolución, el tribunal dijo que la norma técnica se basa en criterios objetivos y de aplicación general, y que no se acreditó la existencia de una discriminación arbitraria en favor de las centrales a GNL ni efectos que restringieran o entorpecieran la competencia en el mercado eléctrico.
Asimismo, el tribunal resaltó que la regulación responde a un objetivo técnico, asociado a mejorar el funcionamiento del sistema de despacho y reconocer adecuadamente el costo económico del GNL. En este contexto, consideró que la incorporación de la condición de inflexibilidad se justifica, entre otros factores, por la existencia de cláusulas contractuales tipo “take or pay”, habituales en el suministro de este combustible, que pueden incidir en los costos efectivos de generación.
Respecto de las modificaciones introducidas a la norma en años posteriores, el TDLC destacó que estas buscaron restringir el uso de la condición de inflexibilidad y ajustar el valor del GNL a su costo económico, en respuesta a aspectos detectados durante su implementación.
Con esta decisión, el tribunal descartó que la normativa impugnada haya generado efectos contrarios a la libre competencia en el sistema eléctrico nacional.
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