Tercer Tribunal Ambiental define turnos y procedimientos para medidas provisionales de la SMA y el SBAP

Los detalles de los procedimientos quedaron consignados en las Actas de Sesión 01/2026 y 02/2026 del organismo jurisdiccional.

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El Tercer Tribunal Ambiental acordó nuevos lineamientos para la tramitación de solicitudes de medidas provisionales y consultas presentadas por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP), con el objetivo de agilizar su resolución, especialmente en casos urgentes.

La decisión fue adoptada en una sesión realizada el 12 de marzo, instancia en la que se definieron dos actas: una orientada a regular las medidas, consultas y autorizaciones provenientes de la SMA, y otra enfocada en las solicitudes de medidas provisionales del SBAP.

En el caso de la SMA, el acuerdo incorpora lo establecido en la Ley Orgánica de la entidad, permitiendo que, en situaciones excepcionales que requieran un pronunciamiento urgente, particularmente fuera del horario habitual de funcionamiento del tribunal, las solicitudes puedan ser presentadas por vía telefónica al ministro de turno. Esto aplica para determinadas medidas provisionales y solicitudes de suspensión contempladas en la normativa vigente.

Un procedimiento similar se estableció para el SBAP, en relación con las medidas provisionales contempladas en la Ley N° 21.600, que crea este servicio.

Adicionalmente, se destacó que, como alternativa al mecanismo excepcional, las solicitudes podrán ingresarse por escrito a través del Sistema Electrónico de Gestión de Causas del tribunal.

Los detalles de estos procedimientos quedaron consignados en las Actas de Sesión 01/2026 y 02/2026 del Tercer Tribunal Ambiental.

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